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martes, octubre 8, 2024
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    Termoeléctrica de Villa Rosa: triunfo de los vecinos y del Municipio

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    La Justicia rechazó por segunda vez el pedido prórroga de SCC Power Argentina (ex Araucaria) para seguir funcionando. Fue clave la lucha vecinal y los informes presentados por el Municipio.

    La Sala II de la Cámara Federal San Martín rechazó el pedido de la termoeléctrica SCC Power 8 (ex Araucaria) para que le prorrogue el permiso para seguir operando en Pilar que le había sido otorgado en enero del 2023 y que venció en julio de ese mismo año.

    También representa una victoria para el intendente Federico Achával que desde antes de asumir el mandato en 2019 también se oponía al funcionamiento de ambas empresas, postura que mantuvo una vez llegado a la intendencia.

    SCC Power Argentina SA (anteriormente Araucaria Energy SA) había solicitado ante la Justicia mantener la modificación de la medida cautelar dictada el 23 de enero 2023 por 6 meses más para que la Central Matheu III pudiera seguir funcionando con dos turbinas entre las 8 y 21 y también había solicitado la autorización para la operación simultánea con tres turbinas.

    El juez de primera instancia rechazó la solicitud de SCC Power y fundamentó su rechazo en el informe elaborado por la Municipalidad de Pilar, del cual se desprendía que no era cierta la afirmación realizada por la empresa termoeléctrica respecto a que no produjo ruidos molestos durante su funcionamiento, ya que en más de una oportunidad -como surgía de las actas- había sobrepasado los decibeles permitidos por la normativa vigente, de acuerdo a lo detectado por agentes del Cuerpo Único de Inspectores. También decía ese informe municipal que la empresa había superado la restricción horaria dispuesta en la autorización excepcional para su funcionamiento, poniendo por encima del interés público su propio interés económico. El juez federal de Campana, Adrián Gonzalez Charvay había puntualizado que dicho informe municipal daba cuenta de que, con fecha 31/01/2023, se había constatado la presencia de ruido molesto, conforme Norma Iram 4062/2016 (parte de inspección N° 107827/107828/107829), como también se verificó el funcionamiento fuera del horario autorizado, los días 11/02/2023 a las 21.40 y el 09/06/2023 a las 21.45 (mediante los partes de inspección N° 108612 y 110266, respectivamente).

    El mismo magistrado resaltó en su momento que la empresa no contaba con los permisos y autorizaciones pertinentes por parte de los organismos correspondientes para su funcionamiento. Sin embargo, SCC Power apeló la decisión del Juez de Primera Instancia.

    Finalmente, el 5 de febrero pasado, la Cámara Federal de San Martín, SALA II, integrada por los magistrados Néstor Barral y Marcelo Fernández, rechazó los argumentos de SCC Power y procedió a confirmar el fallo de primera instancia.

    A su vez sentenció que APR Energy SRL, la otra termoeléctrica que funcionaba en el mismo predio (inició la retirada en 2022), a acreditar, en el plazo de treinta días hábiles, la presentación ante el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires, la auditoría de cierre prevista en la ley 14.343, para su evaluación por dicha Autoridad de Aplicación. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de la notificación del cese de la actividad a la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires, con la respectiva desafectación de las perforaciones e instalaciones de descarga de su titularidad.

    Si bien a SCC Power aún le queda la instancia de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia, los vecinos creen que sus días en Pilar están contados y que estaría decidida en forma definitiva, a cambiar de locación.

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