El Jefe de Prefectura Escobar, Prefecto Fernando Daniel Ramos, hizo llegar a este medio algunas recomendaciones ante el mejoramiento del clima y la proximidad de la época estival. «teniendo en cuenta el incremento de las actividades recreativas tanto fluvial como terrestre, la Prefectura Escobar emite las siguientes premisas y recomendaciones para una navegación responsable y segura».
- Recuerde está prohibido para los bañistas desarrollar esta actividad en zonas no habilitadas.
- Si salís a navegar, no te olvides de informar a tu Club Náutico o Guardería la zona por la que vas a estar y la hora estimada de tu regreso.
- Lleva siempre tu habilitación náutica, documentos de la embarcación y elementos de seguridad acorde tipo de embarcación.
- Es obligatorio llevar la cantidad de chalecos salvavidas acorde a la cantidad de personas que van a bordo. Es importante que los niños lo lleven puestos.
- Se prudente con la velocidad en los lugares de mayor concentrción de embarcaciones.
- Recuerda que al cruzar un bote a remo, kayak o similar, la estela que produce tu embarcación a motor puede hacer peligrar su estabilidad, poniendo en riesgo la vida de las personas.
- Si navegas en un bote a remo se prudente en situaciones de cruce con las embarcaciones a motor.
- El Reglamento Internacional Para Prevenir Abordaje (RIPA) establece las maniobras de navegación de vuelta de encontrada, situaciones de cruce y de ceder el paso. Es fundamental que todo navegante los conozca.
- Consulta el pronóstico del tiempo en Prefectura, no salgas a navegar con malas condiciones meteorológicas.
- No consumas bebidas alcohólicas si estás a cargo de una embarcación.
- Si vas a navegar por la Primera Sección del Delta, conoce las zonas por las que estás habilitado a navegar acorde tu embarcación y al tipo de actividad náutica que quieras hacer.
- Descarga la carta ingresando a nuestra página web: En la sección seguridad de la navegación / Deporte náutico / Zona de privilegio, práctica de deportes náuticos.
- No sobrepases la capacidad de personas que permite llevar tu embarcación.
Aquellos que realizan navegación Náutica Deportiva:
- Reglamento Internacional Para Prevenir Abordajes (RIPA).
- Artículo 402.0309 del REGINAVE (Autorización Para Realizar Competencias Deportivas)
- Ordenanza 1/18 (DPSN) Tomo 4 – Régimen de las Actividades Náutico-Deportivas – «Normas Complementarias del Capítulo 02 del Régimen de las Actividades Náutico-Deportivas del Título 4 del REGINAVE».
- Disposición PZDE, RI.7 N° 02/14 «Zonas de Privilegio Para la Práctica de Deportes Náuticos».
Asimismo aquellos que practican navegación de botes a remo:
- Ordenanza N° 3/17 (DPSN) Tomo 1 – Régimen técnico del Buque – «Medidas de Seguridad de Botes a Remo».
Para mayor información y asesoramiento, dirigirse a la Prefectura Escobar, ubicada en la calle Of. Principal Adrian R. Saieg S/N° y Ruta Provincial N° 25.