ATENCIÓN CONDUCTORES – Todo aquel ciudadano de la provincia de Buenos Aires que registre deuda en la cuota alimentaria no podrá renovar la licencia de conducir, el documento obligatorio para circular al volante de vehículos motorizados, también conocido como “registro”.
(Enmarcado en el Artículo 5 de la Ley Provincial 13.074).
El mismo artículo prohíbe a los deudores alimentarios abrir cuentas corrientes, renovar tarjetas de crédito, realizar cualquier tipo de operación bancaria y habilitar la apertura de comercios.
“El objetivo de dicha medida es colaborar en la lucha contra el incumplimiento del pago de alimentos, como alternativa para torcer la voluntad del padre/madre deudor y lograr que se cumpla con el pago de la cuota”, explicaron las autoridades provinciales.
“El único beneficiado con la regularización de la deuda alimentaria es el niño o adolescente destinatario de la misma”, aseguró el gobernador Axel Kicillof.