11 C
Buenos Aires
lunes, julio 14, 2025
More

    Garín: escribían grafitis en la persiana de un local y fueron apresados

    Mas Leídos

    Dos individuos fueron aprehendidos en la localidad de Garín mientras realizaban grafitis sobre la persiana de un local comercial. La rápida intervención de las fuerzas de seguridad, alertadas por el Centro de Monitoreo Municipal, permitió la detención de los sospechosos.

    El incidente tuvo lugar en la intersección de las calles Belgrano y Roma. Efectivos del Comando Patrullas Escobar fueron convocados por el Centro de Monitoreo para brindar apoyo a la Policía Municipal que ya se encontraba en el sitio.

    Al llegar al lugar, el personal del Comando Patrullas se entrevistó con los agentes municipales y, trabajando en conjunto, identificaron a dos sujetos que estaban en plena acción, dejando sus pintadas sobre la propiedad privada.

    Tras la identificación, ambos individuos fueron trasladados para realizar el precario médico de rigor, un procedimiento estándar en estos casos. Posteriormente, fueron derivados a la Comisaría Escobar Tercera, donde se labraron las actuaciones correspondientes por el delito de «daños».

    Este tipo de actos no solo deteriora la estética urbana, sino que también genera un perjuicio económico para los dueños de los inmuebles, quienes deben afrontar los costos de limpieza y reparación. Las autoridades municipales, en conjunto con las fuerzas policiales, buscan desalentar estas prácticas y promover el respeto por el patrimonio público y privado.

    En la Provincia de Buenos Aires, la regulación de los grafitis no autorizados recae principalmente en el Código de Faltas (Decreto Ley 8.031/73), que sanciona el daño a la propiedad, y también puede haber ordenanzas municipales específicas que complementen esta normativa.

    Aquí los puntos clave:

    Delito de Daño a la Propiedad:

    La realización de grafitis sin permiso sobre propiedad pública o privada generalmente se encuadra como un «daño» al patrimonio.
    El Código Penal Argentino (Artículo 183 y siguientes) tipifica el delito de daño, aunque para casos de grafitis menores, la aplicación puede derivar más hacia el ámbito contravencional o de faltas.
    Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires (Decreto Ley 8.031/73):

    Si bien no hay un artículo específico que mencione «grafitis» textualmente en su versión original, las acciones de pintar o manchar sin autorización se interpretan como faltas que atentan contra la limpieza, el ornato público o el daño a la propiedad.

    Las sanciones que establece este Código pueden incluir multas y/o arresto. El monto de las multas puede variar y, en algunos casos, se calculan en base a un porcentaje del haber mensual de un agente de seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
    Es importante destacar que, en el ámbito de las faltas, la reparación del daño causado suele ser un elemento central.

    En resumen, en la Provincia de Buenos Aires, los grafitis no autorizados son perseguibles legalmente bajo la figura de daño a la propiedad (delito penal) o como una falta/contravención (en el ámbito del Código de Faltas provincial y/o las ordenanzas municipales). Las sanciones pueden ir desde multas económicas hasta arrestos, y a menudo incluyen la obligación de reparar el perjuicio causado.

    Seguí Informado

    Novedades Zonales

    Notas más comentadas