Durante la jornada de ayer, personal policial fue solicita en las intervenciones de la calle Tapia del Cruz y su intersección con las vías, perteneciente a la ciudad cabecera del distrito de Belén Escobar. Según confirmaron fuentes policiales a este matutino, previo a un llamado el 911, personal policial se desplazó hasta las arterias anteriormente mencionadas a través del móvil 31.441, y el operativo estuvo a cargo del Sargento Walter Medina, que contó con la colaboración de la Sargento Claribel Martínez. Una vez en el lugar, los uniformados procedieron a abordar un vehículo un Fiat Siena. «Cuando nos dirigimos hasta el automóvil, el masculino egresaba marcha atrás del estacionamiento y no visualiza que una motocicleta por cruzar y terminó colisionando contra ella».
Aseguraron las fuerzas de seguridad. Lamentablemente, el conductor de la moto Honda GLH, de 150 centímetros cúbicos fue embestida y por dichos motivos, una vez en el lugar procedieron a llamar a una ambulancia. Tras una inmediata intervención, hasta el lugar del siniestro se desplazó el móvil número 41, y el operativo estuvo a cargo de la Técnica Valenzuela quien decide trasladar a la víctima hasta el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, para una mejor atención.












Afortunadamente, las lesiones del motociclista fueron leves. Cabe destacar que tras lo sucedido tomó intervención la Comisaría 1ra Escobar, y la causa quedó caratulada como «lesiones culposas».
¿Qué son las lesiones culposas?
En Argentina, la pena por lesiones culposas puede ser de prisión de 1 a 3 años, multa de 1.000 a 15.000 pesos, o inhabilitación especial de 1 a 4 años.
Las lesiones culposas se producen cuando alguien causa un daño a otra persona por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos.
Casos específicos
Si la lesión causa una enfermedad mental o corporal, la inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, o la pérdida de la capacidad de engendrar o concebir, la pena puede ser de 3 a 10 años de prisión. En caso de lesiones graves o gravísimas en un accidente de tránsito, la pena puede ser de prisión de 1 a 3 años e inhabilitación especial de 2 a 4 años. Si el conductor crea una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, la pena puede ser de prisión de 6 meses a 3 años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena. En el caso de lesiones culposas en accidentes de tránsito, el infractor es responsable penalmente por no haber actuado con la debida diligencia.