TRAS UN JUICIO ABREVIADO – La justicia a veces no parece justicia. Un hombre que fue acusado por la hija de su pareja de haber sido abusada desde que tenía aproximadamente cinco años de edad fue hallado culpable y recibió como pena 9 años tras las rejas, pero un acuerdo entre la Defensa, aceptado por la Fiscalía y el Juzgado, culminó en que fuera a su casa (en el centro de Escobar) con una tobillera electrónica a cumplir la pena.
Con esta novedad entrevistamos a la dra. Sabrina Tombión quien asistió a las oficinas de este medio acompañada por la mamá de la menor abusada.
«Él ya estaba computando su pena porque ha sido detenido luego de la Cámara Gesell, después de que la menor pudo contar lo que sucedió, la justicia determinó su prisión preventiva, obviamente, porque en esa instancia todavía no teníamos miras de una sentencia.
Esto fue en 2021. Hoy tenemos una sentencia que no deviene de un juicio, porque quizás lo último que recuerden es que estábamos en Tribunal Criminal ya para ir a juicio, o sea, procesalmente esperando la fecha, que se pospuso por una cuestión de que ellos alegaban enfermedad, que él no estaba físicamente en condiciones para afrontar un juicio. Entonces la realidad es que ya hace más de un año que venimos sufriendo esto de que nos la pasan y nos pasan porque él alegaba una enfermedad. Ha estado hasta internado. Y bueno, tras todo eso, en el medio se habló de la posibilidad de firmar un abreviado, que es un instituto que suspendería el juicio, un acuerdo con la Fiscalía, en la que nosotros tenemos derecho también a opinar. Si se acepta se puede llegar a firmar y el juez pasa a dictar una sentencia, o si no, la otra opción era continuar con el juicio».
«Cuando la Fiscalía nos hace la propuesta, nosotros hablamos con la mamá, le explicamos los pormenores, los alcances del significado de este instituto y nos pareció que siempre que sea una pena acorde al delito que había cometido, estaríamos de acuerdo. La realidad es que el abreviado se firma por nueve años, la carátula seguía siendo abuso sexual, gravemente ultrajante, todos sus agravantes. Y en principio el código establece que es no ir a juicio, es admitir un poco la culpabilidad, pero depende del lado que uno lo mire, porque el juez tiene la chance igual de revisar todo lo que hay en el expediente por escrito, o sea, la declaración de Cámara Gesell, las declaraciones testimoniales, las pericias, todo lo que pasó en el expediente que está escrito, el juez lo tiene que revisar y de alguna forma tiene que resolver, si lo que nosotros firmamos como acuerdo tiene mérito en cuanto a la pena y en cuanto al delito y a la persona que se está imputando».
«¿Qué puede hacer el juez? Puede dar menos, puede hasta sobreseerlo si lo considera, pero nunca puede dar más de lo que nosotros fijamos en el acuerdo abreviado. O sea, es como un juicio pero a puertas cerradas con lo que hay escrito, eso sería. Pero si vos me preguntás a mí, el que firma un abreviado es como declararse culpable porque estás de alguna forma afirmando. Entonces, bueno, hablamos con la Fiscalía, estábamos de acuerdo, nueve años de prisión, la pena, perfecto. El tema es que la Fiscalía nos dijo que iba a seguir apoyando la morigeración por cuanto consideraba que él es una persona enferma y que lo tenía que pasar en su casa».
«Obviamente cuando nos corren traslados nosotros nos oponemos y seguimos mencionando todas las historias clínicas, las pericias médicas que le hicieron donde dan por certero lo que estamos manifestando, que es que él sí tiene una enfermedad crónica, pero ya desde el vamos no era una persona que iba ni todos los meses al médico ni que se hacía controles, adentro de la penitenciaría seguía fumando como si nada pasara. Entonces una persona que quiere cuidar su salud o que tiene este extremo de cuidado no hubiera vivido como vivió y que no había un certificado que avale que no pudiera pasar la pena en detención. En las penitenciarías, más allá de que hay mucha deficiencia en cuanto a medicamentos, médicos y demás, hay un área de sanidad. Y eso lo estaba cumpliendo en Campana».
«Entonces nos oponemos y el juez pasa a resolver. Cuando el juez pasa a resolver lo condena a 9 años de prisión por el delito de ‘abuso sexual gravemente ultrajante’, pero hace una salvedad horrorosa para nosotros, los abogados más que nada, porque sabemos que una sentencia no queda firme hasta que no se evacúan todos los recursos. Porque nosotros teníamos posibilidad de plantear un recurso ante esa resolución y el juez dice que se le dé la morigeración de forma inmediata aún si la sentencia no quedara firme. Que el recurso que presentemos iba a tener un efecto no suspensivo, o sea, no suspendía lo que ya había dado. Y se basa obviamente en un artículo del código que habla de una persona enferma que necesita un tratado especial y demás».
«¿Y por qué lo mantuvo durante 3 años en una penitenciaría donde nunca le dio ese beneficio? Porque nosotras hemos participado, no te quiero mentir, pero al menos de 6, 7 audiencias de este estilo. Y la realidad es que en ninguna de esas audiencias él dijo sí, hay mérito, llévenlo a la casa para que pueda estar más cómodo. Y ahora en sentencia dice llévenlo a la casa. Así que así estamos».
«Le dieron la tobillera porque tiene un monitoreo acá en la ciudad de Escobar, en su domicilio. En pleno centro de Escobar y, bueno, mi defendida realmente es una chica que es adolescente y está de alguna forma vulnerada en una situación que es, tiene que estar cuidándose eso», afirmó la Dra. Tombión.
Recordando los hechos, «ella empieza a contar en el 2020. Primero se lo contó a la mamá, la mamá acompañó a hacer la denuncia y ahí empieza todo el proceso que después termina ella pudiendo… Pero tampoco es tan fácil, porque ella le contó a la mamá, pero después empezó un tratamiento psicológico, equipo técnico, la gente que ayudan un poco a que la menor pueda poner en palabra lo que le venía pasando desde los cinco años. No es que le pasó una vez, era algo que ella venía sufriendo desde los cinco años. Y la sentencia está muy clara, o sea, el juez hace lugar a cada hecho que la menor contó en Cámara Gesell».
«Entonces, se llevó a un proceso. No digo que no, hoy no estamos desconforme con la pena, no estamos disconforme con la calificación, simplemente que sí nos parece muy injusto, hablando de justicia, muy injusto que un juez otorgue una morigeración para una pena tan grave. Pero esta persona además utilizaba las redes sociales desde la cárcel y se ha intentado comunicar con la menor desde la cárcel también, nosotros lo hemos manifestado en el expediente».
Con la prisión domiciliaria, «obviamente que si pasa ese perímetro, la justicia debe actuar y nosotros vamos a estar ahí para tratar de controlarlo, pero más que eso no podemos hacer. Es lamentable tenérselo que explicar a una madre que tiene que trasladarlo a una hija menor, adolescente, pero es lo único que en esta instancia podemos hacer».
En cuanto a la apelación, «ya hicimos la reserva del recurso de casación, obviamente en estos días vamos a presentar los fundamentos y se va a realizar la sentencia porque nosotros vamos a hacer esa instancia, pero el juez no suspende el veredicto. Si Casación revierte la situación es muy factible que el abogado defensor apele una tercera instancia, obviamente para mantener el beneficio. Lo único que tengo hoy para decirte es que lleva aproximadamente 3 años que son computables y esperemos que ya sea que logremos revertir la situación o en el domicilio al menos lo mantengan los 6 años que le quedan ahí y que no lo veamos en un tiempito en la calle».
Y en el caso de que esta persona incumpla y que no lo detecten los radares judiciales, si uno lo ve en la calle, ¿puede llamar a la policía? «Sí y le pedimos por favor que así lo haga, A cualquier vecino».
Cerrando la entrevista, la Dra. Tombión quiso destacar: «solo voy a reiterar que sí hay una condena, que me parece muy importante que la gente lo sepa, porque tanto la mamá, que me ha mandado varias veces mensajes, como acá ustedes mismos, preguntándome por la situación, han creído que los veían en la calle cuando yo estaba segura que estaba detenido. Entonces, quiero dejar claro que sí hay una condena, que es de nueve años de prisión por abuso sexual».
«Entonces, sí está en la casa, pero por un beneficio. No porque sea inocente».