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domingo, febrero 9, 2025
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    Diez cosas que debe saber un propietario al alquilar un inmueble

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    Algunas son conocidas, otras no tanto y otras son nuevas.

    Por: Guillermo LoCane

    1. Usted debe facturar el alquiler. Usted debe estar inscripto en AFIP y registrar el contrato.
    2. Usted necesita un Contador.
    3. Si usted alquila por medio de una inmobiliaria, debe abonar el total de los honorarios por el trabajo de comercialización y realización de contrato que equivale a 4.15% de la totalidad del contrato.
    4. Usted está obligado a aceptar al menos 3 alternativas de garantías.
    5. Usted firma un contrato por 3 años, el inquilino puede rescindir, pero usted no. Si el inquilino avisa que rescinde con 3 meses de anticipación (pasado los 6meses), no abona indemnización. Si lo quiere alquilar de nuevo a través de intermediario, deberá abonar nuevamente honorarios.
    6. Usted recibe un mes de depósito del valor de alquiler de hoy, pero tenga en cuenta que debe devolver el valor actualizado al momento de la entrega de las llaves cuando el inquilino se vaya.
    7. Por un año el valor del alquiler no se puede ajustar si lo alquila como vivienda, y el ajuste dependerá de un índice publicado por el BCRA (ICL – todavía no se conoce bien cómo va a ser-)
    8. Recuerde que los impuestos sobre la propiedad son a su cargo.
    9. Usted está obligado a avisar con 3 meses de anticipación si renueva o no el contrato e informar el nuevo valor de alquiler.
    10. Es a su cargo el costo implícito que implique todo riesgo por congelamiento y prohibición de desalojo que se establezca por decreto.

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