El gobierno nacional acordó con las empresas de telefonía celular que, aunque a un usuario se le acumulen tres facturas vencidas, queda prohibido que le interrumpan el servicio en medio de la pandemia.
Además, congeló las tarifas al 31 de agosto. Sin embargo, varios vecinos del distrito denunciaron a este matutino que empresas como Claro y Movistar les habían cortado la línea, porque el pago de su factura tenía una mora de 25 días.Gustavo López, vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones, fue contundente al señalar: “No se le puede cortar el servicio a nadie”.
“Estuvimos un mes trabajando con las empresas y logramos un congelamiento al 31 de agosto de todas las tarifas con la posibilidad de dos planes diferentes más baratos para quienes no puedan pagar la tarifa normal. No se le puede cortar el servicio a nadie, la tarifa estará congelada. La prohibición abarca a teléfono fijo, celular, cable e internet” – aseguró. A pesar de ello, muchos escobarernses sufrieron el corte del servicio esta última semana y debieron comunicarse con la empresa para acordar un plan de pago. Lo absurdo es que ni siquiera se trataba de la acumulación de tres facturas vencidas, sino que la fecha de pago con la que no se había podido cumplir databa sólo del mes anterior o se había producido durante el mes en curso.La decisión del Gobierno nacional de prohibir a las empresas de servicios disponer cortes de servicios “en casos de mora o falta de pago” a usuarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, como forma de mitigar el impacto económico de la pandemia de coronavirus, quedó oficializada el 25 de marzo pasado y fue publicado en el Boletín Oficial. Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia 311/2020, que abarca a los servicios de electricidad, gas por redes, agua corriente, telefonía fija y móvil, internet y TV por cable.Esta medida alcanza a las facturaciones con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, y además “quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.
Recordamos que la medida alcanza a los beneficiarios de AUH y la Asignación por Embarazo, pensiones no retributivas, inscriptos en el monotributo social, jubilados que cobren el haber mínimo, trabajadores que cobren el salario mínimo, los beneficiarios del seguro de desempleo, electrodependientes, empleados en casas particulares y exentos del ABL.
Por ello el Diario de Escobar sugiere comunicarse con la empresa contratada y recordarles esta normativa exigiendo la inmediata restitución del servicio so pena de iniciar acciones legales en su contra.