Un juez de la provincia de Córdoba desestimó un pedido sobre la orientación sexual de un hombre, al momento de establecer el régimen de visitas con sus hijos, e instó a la demandante a respetar el derecho a la diversidad.
Una mujer había solicitado al Juzgado de Familia Número 2 de la ciudad de Córdoba que se tuviera en cuenta que su ex esposo, y padre de los menores, convivía con otro hombre.
Sin embargo, el juez Gabriel Tavip rechazó el planteo y exhortó a la mujer a que respete el derecho a la diversidad y ayude a sus hijos a crecer en un ambiente de aceptación, según publicó el portal Cadena 3.
De hecho, el magistrado calificó de «manifiestamente improcedente» la solicitud y agregó que «La vida privada y las decisiones personales de los progenitores -incluyendo su orientación sexual y el establecimiento de relaciones personales de cualquier índole-, forman parte de su esfera de intimidad».
«La orientación sexual o género de las y los progenitores en nada impacta en una resolución judicial relativa a los cuidados de los hijos o en la determinación del régimen de contacto«, aseveró.
Asimismo, remarcó que «La verificación de la forma en que se llevan a cabo, se deduce del cumplimiento acabado de los deberes de protección, cuidado, respeto, acompañamiento y cumplimiento de sus deberes legales».
En su fallo, el juez advirtió a la madre que, en lo sucesivo, deberá abstenerse de exponer en la causa cuestiones que conciernen exclusivamente a la intimidad del padre de los niños.